La Alta Dirección de la Sugeval ha determinado, con base en aspectos internos y externos de su contexto, los requisitos de sus partes interesadas y las funciones atribuidas a la Superintendencia por medio de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, que el alcance de su sistema de gestión de la calidad aplica a las actividades que se realizan para:
- Elaborar y gestionar ante el CONASSIF la regulación para el mercado valores.
- Autorizar la oferta pública de valores y servicios.
- Supervisar el mercado de valores: funcionamiento, personas que intervengan en ellos y actos o contratos relacionados con dicho mercado.
- Gestionar denuncias y procedimientos administrativos sancionatorios.
- Difundir información al mercado de valores.
Para este alcance definido, se declara la no aplicabilidad del apartado 7.1.5.2 de la norma ISO 9001:2015: Recursos de Seguimiento y Medición. Este apartado no es aplicable debido a que ninguno de los procesos requiere el uso de recursos de seguimiento y medición.
Referencia: MAN-SGV-PE-002-01/Manual de Calidad